Vivienda

Si eres víctima de violencia de género puedes solicitar información sobre las ayudas para alquiler y el derecho de acceso a una vivienda de protección oficial. 

Derecho a acceso a vivienda de protección oficial

Las mujeres víctimas de violencia de género constituyen un colectivo con derecho a protección preferente en el acceso a la vivienda:

  • Posibilidad de acogerse a la suspensión de los lanzamientos sobre viviendas habituales, acordados en un proceso judicial o extrajudicial de ejecución hipotecaria.
  • Posibilidad de acceder al Fondo Social de Viviendas en Alquiler del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
  • Tienen la consideración de “sector preferente” a los efectos de las ayudas previstas en el Plan Estatal de Vivienda (entre otras, Programa de subsidiación de préstamos convenidos, Programa de ayuda al alquiler de vivienda, Programa de ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual) los siguientes:
    • Unidades de convivencia en las que exista alguna víctima acreditada de violencia de género;
    • Unidades de convivencia en las que alguna persona asume la patria potestad, tutela o acogimiento familiar permanente del menor huérfano por violencia de género.

(Artículo 28 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección  Integral contra la Violencia de Género; Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social; Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021)


 

No es fácil salir de una situación de violencia de género, pero hay muchos servicios que están para ayudarte ¡Pide ayuda!